AVERIGUACIÓN PREVIA. LAS TRANSGRESIONES COMETIDAS DURANTE ESTA FASE CONSTITUYEN VIOLACIONES PROCESALES EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 160 DE LA LEY DE AMPARO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AVERIGUACIÓN PREVIA. LAS TRANSGRESIONES COMETIDAS DURANTE ESTA FASE CONSTITUYEN VIOLACIONES PROCESALES EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 160 DE LA LEY DE AMPARO.

Fecha: 04-Nov-2009

O Califica De Intrascendente La Debida Investigación Sobre La Muerte De Doce Personas

e) Wikipedia. Como ya se mencionó, el Juez de origen como el tribunal de alzada utilizó el contenido de una página de libre modificación de Internet para acreditar la responsabilidad de los procesados. Considera la defensa que la información contenida en dicha página de Internet no hace referencia alguna a los hechos ocurridos el veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y siete; así como tampoco tiene un parámetro de fiabilidad en cuanto a su contenido, siendo una página de libre modificación.

La utilización de Wikipedia como prueba en el juicio causa perjuicio a los quejosos, porque es sólo a través de la aplicación del conocimiento extraído de la página de Internet que es posible encuadrar la acusación del Ministerio Público al tipo legal.

Con la utilización de dicho medio de prueba se viola la garantía de legalidad establecida en el artículo 14 constitucional por los siguientes motivos:

o No es conducente. El artículo 206 del código de procedimientos referido dispone como prueba todo aquello que sea conducente. Considera la defensa que dicha página de Internet no es conducente porque no tiene relación concreta con los hechos materia de la controversia del presente asunto; es decir, no puede constituirse como evidencia una pieza de información que no tiene relación con los hechos.

• No cumplió con los requisitos que la ley requiere para conocimientos especiales. El a quo y el ad quem utilizaron la mencionada página de Internet para obtener conocimientos especializados consistentes en la relación entre armas y los cartuchos que éstas pueden deflagrar, siendo que no siguieron los requisitos establecidos en la misma ley con respecto a conocimiento general (artículos 223 y 220 del Código Federal de Procedimientos Penales). Así, considera la defensa violatorio a su garantía de estricta legalidad en materia penal, pues considera que hubiese sido necesario que se solicitara la intervención de peritos y que éstos acreditaran su especialización en la materia.

En relación con lo anterior, solicita la defensa que se interpreten dichos preceptos con relación a la legislación de los medios de prueba. Para que los amparistas conozcan si efectivamente dichos artículos ordenan el cumplimiento de las leyes por parte de las autoridades y en caso de omisión una consecuencia de derecho.