DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 40. (De la Directiva).

Artículo 40. (De la Directiva). El Concejo Municipal, en su primera sesión elegirá su directiva, de entre sus miembros titulares, los suplentes debidamente habilitados tendrán los mismos derechos y atribuciones del titular mientras dure la suplencia. En caso de reincorporación del titular, se procederá a una nueva elección por el cargo vacante.