DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016

Fecha: 01-Dic-2016

territorio geográfica y políticamente delimitado;

En ese contexto doctrinal, se define a la ‘población’ como el conjunto de personas que viven dentro de un territorio geográfica y políticamente delimitado; vale decir, que los habitantes como componentes de la población, se encuentran asentados dentro de una unidad territorial, en el caso concreto en el territorio del municipio de Arampampa.

Contrariamente a lo anterior, el art. 14 analizado en su primera parte determina ‘Las y los habitantes del Gobierno Autónomo Municipal de Arampampa…’; es decir, la norma restringe y equivoca la naturaleza y alcances del concepto de población, circunscribiéndolo solamente al ámbito gubernativo del municipio, por lo que en ese sentido vulnera la seguridad jurídica que toda norma legal o constitucional debe ofrecer al estante y habitante de un Estado en todos sus niveles.