DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 78. (De la gestión de riesgos y atención de desastres naturales).

Artículo 78. (De la gestión de riesgos y atención de desastres naturales). El Gobierno Autónomo Municipal Santiago de Andamarca, en el marco de su autonomía, competencias y atribuciones señaladas en las normas vigentes, podrá declarar el grado de desastre natural que se presente en la jurisdicción del municipio.

Artículo 78. (De la gestión de riesgos y atención de desastres naturales). El Gobierno Autónomo Municipal Santiago de Andamarca, en el marco de su autonomía, competencias y atribuciones señaladas en las normas vigentes, podrá declarar el grado de desastre natural que se presente en la jurisdicción del municipio” (negrillas añadidas).