DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016

Fecha: 01-Dic-2016

la autonomía es una cualidad atribuida a la entidad territorial o institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial, y no así a la ‘unidad territorial’

La norma constitucional diferencia entre la unidad territorial como espacio de organización territorial, y la entidad territorial como la institucionalidad de organización administrativa. De esta manera, el art. 6.II.3 de la LMAD, señala que: ‘Autonomías es la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial…’, en tanto que la jurisprudencia constitucional ha señalado que la autonomía es una cualidad atribuida a la entidad territorial o institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial, y no así a la ‘unidad territorial’ razón por la que no corresponde denominar ‘Municipio Autónomo de Villa Tunari’ pues el Municipio no es autónomo sino el ‘Gobierno Autónomo Municipal’” (las negrillas son nuestras).