DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Artículo 113. (CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SOLIDOS).

IV.         El Gobierno Autónomo Municipal de San Carlos controlará a las unidades productivas generadoras de aguas residuales, que deban realizar un tratamiento adecuado a las exigencias de las instancias correspondientes, que permitan mitigar el impacto negativo al medio ambiente, emitiendo autorización y registro de estas unidades.

V.           El Gobierno Autónomo Municipal de San Carlos, deberá establecer la ubicación de  vertederos sanitario municipal de residuos sólidos tomando en cuenta las normas ambientales, derechos territoriales, beneficios e impactos sociales, tecnología para el tratamiento de la basura y otros aspectos que se crea conveniente; para su mejor ubicación y disminución de los impactos negativos que pueda ocasionar, su ubicación debe estar dentro del Plan de Ordenamiento Territorial.