DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Sobre la jurisprudencia constitucional

Sobre la jurisprudencia constitucional.- El Tribunal Constitucional Plurinacional, como efecto del control previo de constitucionalidad de los proyectos de norma institucional básica de las diferentes ETA, desarrolló una línea jurisprudencial uniforme en torno a los alcances de la prohibición constitucional prevista en el art. 236.I de la CPE, de las cuales se cita a la DCP 0133/2016 de 15 de noviembre, que expresó: “El ya citado art. 236.I de la CPE, establece como una de las prohibiciones para el ejercicio de la función pública: ‘Desempeñar simultáneamente más de un cargo público remunerado a tiempo completo’, debe aclararse que, de acuerdo a lo estipulado, esta condición solo se aplica en caso de que: a) Ambos cargos sean de carácter público; es decir, que si uno de éstos fuese público y el otro privado no incumple la disposición constitucional; b) Ambos cargos sean desempeñados a tiempo completo; y, c) Ambos cargos públicos sean remunerados; dicho de otro modo si el servidor público desempeña más de un cargo que no sea a tiempo completo y/o no sea remunerado no incumple la Constitución Política del Estado…”.

Sobre la jurisprudencia constitucional.- Con respecto a la disposición en análisis, el Tribunal Constitucional Plurinacional en redacciones similares, inicialmente fue declarando la compatibilidad de los mismos; no obstante de ello, a través de otras Declaraciones Constitucionales Plurinacionales obviando realizar el cambio de línea en el razonamiento, se fue declarando la incompatibilidad de disposiciones con redacciones similares; en ese sentido, se cita a las siguientes: