DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 04-Sep-2019

el órgano deliberativo municipal emite dos leyes, una referida al procedimiento y aspectos generales de la expropiación y otra relacionada a la necesidad y utilidad pública de dicha expropiación en proyectos de interés social

En el marco de lo desarrollado en el análisis del art. 36.35 del presente proyecto de Norma Institucional Básica, el órgano deliberativo municipal emite dos leyes, una referida al procedimiento y aspectos generales de la expropiación y otra relacionada a la necesidad y utilidad pública de dicha expropiación en proyectos de interés social; en ese sentido, su ejecución se encuentra reservada para el órgano ejecutivo que deberá seguir las previsiones consignadas en las referidas leyes; empero, con la previsión contenida en numeral objeto de análisis, se intenta reunir funciones en el órgano legislativo municipal, contraviniendo al art. 12.I y III de la CPE en lo referido a los principios de separación e independencia de órganos y la imposibilidad de reunir funciones en un solo órgano público.

Asimismo, se advierte que la regulación del proyecto de Norma Institucional Básica en análisis, vulnera el derecho a la propiedad privada prevista en los arts. 56 y 57 de la CPE; toda vez que, al ser aprobada una expropiación mediante ley municipal, cierra toda posibilidad de una impugnación por parte del propietario afectado con dicha ley, razón por la cual, la ejecución de toda expropiación debe estar en manos del órgano ejecutivo que en el marco de un procedimiento que garantice las vías impugnatorias dispondrá en definitiva la expropiación o no de un bien inmueble.