DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Unificación y reconducción

Unificación y reconducción.- En mérito de lo descrito, y luego de advertir que la jurisprudencia constitucional con relación al presente caso se encuentra dispersa en cuanto a sus criterios de compatibilidad e incompatibilidad; surge la necesidad de unificar dichos criterios y reconducir al razonamiento más amplio que garantice el ejercicio de los derechos previstos en la Norma Suprema; en ese sentido, los gobiernos autónomos municipales en el marco del principio de autogobierno previsto por el art. 270 de la CPE, pueden disponer que la posesión de los concejales y alcalde municipal de sus órganos de gobierno sea efectivizada ante la autoridad que ellos lo decidan, pudiendo ser dicha posesión ante sus autoridades locales o ante autoridades jurisdiccionales, no pudiendo interpretarse este último como una intromisión al ámbito jurisdiccional o una atribución que es otorgada desde la Carta Orgánica Municipal hacia las autoridades jurisdiccionales; toda vez que, dicha atribución de posesionar a las autoridades municipales ya fue otorgada a las autoridades de la jurisdicción ordinaria según la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales que se encuentra en vigencia, y el mismo no se constituye en una actividad propiamente  jurisdiccional.