DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 04-Sep-2019

no es permisible que dicha regulación sea efectuada por el Gobierno Autónomo Municipal de San Carlos, habida cuenta que dicha labor está reservada para el nivel central del Estado por mandato de la Norma Suprema; por ello, la carta orgánica no puede arrogarse tal facultar y pretender clasificar los bienes del Estado

En mérito a ello no es permisible que dicha regulación sea efectuada por el Gobierno Autónomo Municipal de San Carlos, habida cuenta que dicha labor está reservada para el nivel central del Estado por mandato de la Norma Suprema; por ello, la carta orgánica no puede arrogarse tal facultar y pretender clasificar los bienes del Estado.

Con respecto a la pretensión de clasificar los bienes en los proyectos de Norma Institucional Básica, el Tribunal Constitucional Plurinacional como efecto del control previo de constitucionalidad se ha pronunciado de forma uniforme en varias Declaraciones Constitucionales Plurinacionales, de las cuales corresponde citar las siguientes: