DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Fragmento 176

Sin embargo, de la lectura integral del artículo en sus dos parágrafos, se identifica una incongruencia interna insalvable, toda vez que en el primero de ellos se establece que tanto concejales como alcalde serán posesionados por ‘…la autoridad jurisdiccional de mayor jerarquía existente en la jurisdicción municipal o en su defecto por el Juez Público del asiento judicial más próximo…’, mientras que en el segundo se indica que ‘…la Alcaldesa o el Alcalde Municipal prestará juramento a su cargo en acto público ante la Presidenta o el Presidente del Concejo Municipal…’. Esta incongruencia establece un nivel de incertidumbre con una clara relevancia constitucional dado que el acto de posesión de autoridades se constituye en un acto solemne que marca el inicio formal y material del ejercicio de la función pública y, con ello, de las responsabilidades inherentes a la misma, siendo por ello importante clarificar este aspecto en este artículo, a efectos de evitar un escenario de inseguridad jurídica garantizada por el Estado conforme se dispone en el art. 9.2 de la CPE.