DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Se hace constar que, el Magistrado, Dr. Petronilo Flores Condori es de Voto Disidente en los arts.: 1; 18.I; 36.22, 23, 35; 40.28, 29, 30; 56; 58; 74.II; 76; y, 77. De la misma forma la Magistrada MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas, es de Voto Disidente sobre los siguientes arts.: 16.3; 18.I; 33.II.1; 45; 86; 87; 89; 117.II y III; 120; 127.V; 128.I, asimismo es de Voto Aclaratorio en el art. 17. De igual manera, la Magistrada, MSc. Brígida Celia Vargas Barañado es de Voto Disidente en los siguientes arts.: 16; 20, 21; 33.II; 86.II.3, III en su parte introductoria, IV; 87.II.1, III. a y b, VIII; 89. IV y VI; y, Disposición Final Primera. Igualmente, el Magistrado, MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano es de Voto Disidente en los arts. 36.15 y 103, asimismo es de Voto Aclaratorio de los arts. 9 y 117. También, el Magistrado, MSc. Paúl Enrique Franco Zamora es de Voto Aclaratorio en el art. 17. De igual forma, el Magistrado, MSc. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano es de Voto Disidente a los arts. 80.VI y 82; y, es de Voto Aclaratorio en el art. 17. De igual modo, la Magistrada, MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo, es de Voto Disidente en los arts.:1; 40.24; 81.I.1; 83.I.1; 86.II; y, 87.VII.

Se hace constar que la Magistrada Relatora, Georgina Amusquivar Moller es de Voto Disidente en el art. 16.3, y es de Voto Aclaratorio en los arts. 9 párrafo introductorio; 17; y, 87.VI en su párrafo introductorio, del proyecto de la Carta Orgánica del municipio de San Carlos, sometidos al control previo de constitucionalidad en la presente Declaración Constitucional Plurinacional; aspecto que asume esta instancia constitucional en el marco de su autonomía procesal.