DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020

Fecha: 04-Mar-2020

apruebe

Por consiguiente, el precepto en análisis al pretender que el Concejo Municipal a través de una ley municipal apruebe la expropiación de inmuebles, implica regulación de cuestiones técnico-administrativas del proceso de expropiación -pago de indemnización justa, avaluó para el pago de justiprecio-, aspectos que como se tiene supra expuesto, no corresponden al Órgano Legislativo Municipal, sino, al Órgano Ejecutivo subestatal; consecuentemente se soslayó el principio de separación de órganos que sostiene el art. 12 de la CPE, en clara invasión facultativa; es decir, al hacer figurar como atribución del Concejo Municipal tareas propias del otro órgano, se invade la facultad ejecutiva de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE).