DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020

Fecha: 04-Mar-2020

Regulación para la creación y/o modificación de impuestos de dominio exclusivo de los gobiernos autónomos

Al respecto el art. 299.I.7 de la CPE, establece como competencia compartida entre el nivel central del Estado y las ETA la “Regulación para la creación y/o modificación de impuestos de dominio exclusivo de los gobiernos autónomos” (las negrillas son añadidas); consecuentemente, sobre la competencia, el nivel central del Estado debe emitir la ley básica, determinando en la misma la división de responsabilidades sobre las que las entidades subestatales desarrollen legislación.

Así, el art. 299.I.7 de la CPE, establece como competencia compartida entre el nivel central del Estado y las ETA, la “Regulación para la creación y/o modificación de impuestos de dominio exclusivo de los gobiernos autónomos” (las negrillas son añadidas); por otra parte, el art. 302.I.19 de la misma Norma Suprema, establece como competencia exclusiva de las ETA la “Creación y administración de impuestos de carácter municipal, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o departamentales” (el énfasis es nuestro).