DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020

Fecha: 04-Mar-2020

Artículo 126. (AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO).

1. Ejecutar y administrar programas y proyectos de infraestructura de servicios de agua potable, alcantarillado, conforme establece la Constitución Política del Estado, en el marco del régimen hídrico y de sus servicios, y las políticas establecidas por el nivel central del Estado. Concluidos los proyectos, la administración podrá ser transferida a los beneficiarios organizados operador del servicio, previa capacitación técnica administrativa que garantice su sostenibilidad.

1. Ejecutar y administrar programas y proyectos de infraestructura de servicios de agua potable, alcantarillado, conforme establece la Constitución Política del Estado, en el marco del régimen hídrico y de sus servicios, y las políticas establecidas por el nivel central del Estado. Concluidos los proyectos, la administración podrá ser transferida  a los beneficiarios organizados operador del servicio, previa capacitación técnica administrativa que garantice su sostenibilidad.