DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020

Fecha: 04-Mar-2020

ARTÍCULO 112. (LIMITACIONES AL EJERCICIO DEL DERECHO PROPIETARIO).

I.  Dentro del área de su jurisdicción territorial, el Gobierno Municipal, para cumplir con los fines, competencias y atribuciones que le señala la Constitución Política del Estado y la ley, en el marco de las normas que rigen la otorgación de derechos de uso sobre recursos naturales, así como las urbanísticas y de uso de suelo, tiene la facultad de imponer las siguientes limitaciones al derecho propietario: