DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020

Fecha: 04-Mar-2020

Respecto del parágrafo I

El Constituyente boliviano, dispuso como fin esencial del Estado, promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales e impulsar su industrialización (art. 9.6 de la CPE); y son de interés público para el desarrollo del país, de ahí su importancia fundamental, consecuentemente, los recursos estratégicos son de interés público para nuestro país, dado que buena parte de nuestra economía se basa en el aprovechamiento de los recursos naturales. En ese afán, la disposición del proyecto de Carta Orgánica Municipal, básicamente refiere que el Gobierno Autónomo Municipal de Okinawa Uno podrá constituir, disolver o participar en empresas municipales para la ejecución de obras, prestación de servicios y explotación de recursos naturales estratégicos con recursos públicos, disposición sobre aprovechamiento que merece su estudio.