DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2020

Fecha: 04-Mar-2020

Artículo 171. (CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE)

2. La conciliación en ningún caso supondrá o comprenderá la inobservancia de normas urbanísticas, de ordenamiento territorial, de medio ambiente y recursos naturales, de protección a la fauna silvestre y animales domésticos o de salubridad, elaboración, venta y transporte de productos alimenticios humanos, animales y productos destinados al cultivo vegetal.

2. La conciliación en ningún caso supondrá o comprenderá la inobservancia de normas urbanísticas, de ordenamiento territorial, de medio ambiente y recursos naturales, de protección a la fauna silvestre y animales domésticos o de salubridad, elaboración, venta y transporte de productos alimenticios humanos, animales y productos destinados al cultivo vegetal”.