DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 104. (PRESUPUESTO MUNICIPAL)

El presupuesto municipal se hará en función a la estrategia de desarrollo municipal diseñado para el año en el marco del Plan de Desarrollo Municipal, la disposición que establece la distribución de recursos, los requerimientos financieros y el techo presupuestario fijado para el año, en base a estimaciones del Ministerio del área, en lo que corresponde a las transferencias, y en base a las estimaciones de las recaudaciones propias, aplicando el sistema de presupuesto establecido por las normas legales correspondientes. Se podrán también desarrollar presupuestos plurianuales, de acuerdo a Ley, en base a estrategias de desarrollo que abarquen más de un año.