DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 28. (COMPETENCIAS CONCURRENTES Y COMPARTIDAS)

I. Las competencias concurrentes establecidas en la Constitución Política del Estado y las leyes nacionales, serán reglamentadas y ejecutadas por el Gobierno Autónomo Municipal de Shinahota en el marco de las responsabilidades y atribuciones específicas asignadas por las Leyes del nivel central del Estado. 

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Shinahota ejercerá las competencias compartidas establecidas en la Constitución Política del Estado y leyes nacionales, ante la emisión de la Ley básica correspondiente del nivel central del Estado, el Gobierno Autónomo Municipal de Shinahota emitirá la legislación de desarrollo.