DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 13. (DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS ORIGINARIOS CAMPESINOS Y MINORITARIOS)

III. En caso de existencia de otros pueblos minoritarios de cultura propia, no pertenecientes a las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, se les reconocerá y respetará sus costumbres, creencias y demás cultura, que no contradigan a la Constitución Política del Estado, la presenta Carta Orgánica, las Leyes y demás normativa legal aplicable en el municipio.