DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 178. (DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LA MADRE TIERRA)

I. El Gobierno Autónomo Municipal definirá instancias responsables de la gestión integral del medio ambiente, ecología y la defensoría municipal de los derechos de la Madre Tierra, en sus correspondientes responsabilidades, debiéndose asignar el  presupuesto necesario para garantizar los recursos humanos y operativos necesarios para los mismos.

II. Se desarrollará e implementará en el municipio, mecanismos para la medición del grado de cumplimiento de los derechos de la madre tierra en la jurisdicción, debiendo los resultados del mismo ser parte del informe ordinario de gestión municipal. El Gobierno Autónomo Municipal, en base a los informes del grado de cumplimiento de los derechos de la madre tierra del ámbito de su competencia en el municipio, desarrollará y ejecutará mecanismos y sanciones para garantizar el cumplimiento óptimo de los mismos.