DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

numeral 14

Sobre el numeral 14 del art. 32 en estudio, se menciona, que de acuerdo a lo previsto en el art. 12.I y III de la CPE, que establece que: “… la organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de sus órganos”, por lo que “las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí”, en concordancia con ello el art. 12.II de la LMAD, señala que:”… La organización de los gobiernos autónomos está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de sus órganos” (legislativo y ejecutivo), estableciendo además que: “Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí” (art. 12.III de la LMAD).