DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

del art. 12.10

“Todos los derechos reconocidos en la Constitución son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección”. Asimismo “Los derechos y sus garantías solo podrán ser regulados por la ley” (art. 109 de la CPE). Asimismo el art. 110.I y II de la CPE, señala que: “Las personas que vulneren derechos constitucionales quedan sujetas a la jurisdicción y competencia de las autoridades bolivianas. La vulneración de los derechos constitucionales hace responsables a sus autores intelectuales y materiales”. En conocimiento de las normas constitucionales señaladas, se observa que en el marco de la Ley Fundamental, no se tiene regulado en el texto del art. 12.10 de la Carta Orgánica Municipal, como tampoco regulación legal alguna, lo que hace incompatible el art. 12.10 del Proyecto de Carta Orgánica.