DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 143. (SERVICIOS DE DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS)

I.       El Gobierno Autónomo Municipal dispondrá el presupuesto necesario para la asignación de recursos humanos, logístico y técnicos a objeto de garantizar el acceso territorial, económico y físico a un servicio de defensa integral de los derechos humanos, para toda la población del municipio, dotando de una atención  multidisciplinaria, ágil, oportuna, eficiente con calidad profesional y calidez humana, a través de la instancia e instituciones creadas para el servicio de defensa de los derechos humanos de todas las personas en su conjunto.

I. El Gobierno Autónomo Municipal dispondrá el presupuesto necesario para la asignación de recursos humanos, logístico y técnicos a objeto de garantizar el acceso territorial, económico y físico a un servicio de defensa integral de los derechos humanos, para toda la población del municipio, dotando de una atención multidisciplinaria, ágil, oportuna, eficiente con calidad profesional y calidez humana, a través de la instancia e instituciones creadas para el servicio de defensa de los derechos humanos de todas las personas en su conjunto.