DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 181. (IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN CARGOS DE REPRESENTACIÓN SOCIAL)

I. Todas las formas de organización de la sociedad civil, mediante sus normas internas y sus sistemas de elección y designación, garantizarán el equilibrio entre hombres y mujeres en la ocupación de los cargos de representación, tanto en la alternancia en jerarquías como alcanzar al menos el 50% de mujeres en la composición total de representantes, salvo que por su naturaleza sean organizaciones sólo de mujeres o solo de hombres.

II. Todos los ciudadanos y ciudadanas del municipio, en su condición de hombre, mujer, joven, adulto mayor, persona con discapacidad, oriundo o migrante, con o sin formación académica, tendrán las mismas oportunidades de ser elegidos o elegidas para ocupar cargos de representación en la estructura de organización social. La normativa interna y su sistema de elección y designación de representantes sociales de cada organización del municipio, establecerá las previsiones necesarias para garantizar tal igualdad de oportunidades.