DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 117. (INSTANCIA RESPONSABLE DE LA EVALUACIÓN DE GESTIÓN)

I. Como instancia del Gobierno Autónomo Municipal responsable de la evaluación de la gestión del desarrollo local, en caso de contar con recursos financieros, se constituirá el Observatorio Municipal de Gestión como entidad descentralizada y un directorio participativo. El Observatorio Municipal de Gestión tendrá las siguientes atribuciones:

7.       Evaluar, a la conclusión de la gestión anual, quinquenal y a la conclusión del plazo de ejecución de planes directores, el efecto en el desarrollo, determinando el porcentaje de solución de los problemas identificados en el diagnóstico situacional, en relación a los objetivos de satisfacción de necesidades propuestos.

II. En caso que el municipio que no cuente con un Observatorio Municipal de Gestión, el Gobierno Autónomo Municipal definirá su instancia responsable de realizar la evaluación a la gestión municipal, pudiendo delegar tal responsabilidad a la instancia de diagnóstico y planificación o recurrir a instancias mancomunadas o asociación de municipalidades.