DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 61. (FORMA DE ELECCIÓN DE CONCEJALAS Y CONCEJALES)

Las concejalas y concejales se elegirán de manera uninominal, por circunscripciones electorales definidos por Ley municipal, en función a la cantidad de concejales. La Ley Municipal de Desarrollo del Régimen Electoral establecerá el régimen para la elección de concejalas, concejales y alcaldesa o alcalde.

Las concejalas y concejales se elegirán de manera uninominal, por circunscripciones electorales definidos por Ley municipal, en función a la cantidad de concejales. La Ley Municipal de Desarrollo del Régimen Electoral establecerá el régimen para la elección de concejalas, concejales y alcaldesa o alcalde”.