DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 153. (ELECTRIFICACIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO)

I. En coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental y otros niveles de Gobierno correspondientes, el Gobierno Autónomo Municipal de Shinahota gestionará la construcción y ampliación de las redes de energía eléctrica a todas las comunidades y centros poblados del municipio, de modo de garantizar progresivamente, el acceso territorial, económico y físico a tal fuente de energía para el abastecimiento doméstico e industrial, de toda la población.

II. Todas las calles, avenidas, parques, campos deportivos y otras áreas recreativas y turísticas de los centros poblados y rurales, así como todas las vías camineras del municipio, contarán con alumbrado público, ampliación del tendido de alumbrado público y mantenimiento que el Gobierno Autónomo Municipal deberá garantizar, en un proceso progresivo, en proporción a la capacidad financiera y crecimiento urbano.