DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 144. (USO DE SUELO)

El Gobierno Autónomo Municipal, de manera obligatoria, planificará y regularizará ante las instancias correspondientes de los otros niveles de Gobierno, el uso de suelo en su territorio, considerando las proyecciones de crecimiento urbano y desarrollo territorial a corto, mediano y largo plazo. El uso de suelo se hará respetando los derechos de la Madre Tierra, áreas verdes, forestales y ecosistemas, de los derechos económicos en cuanto a áreas de producción agropecuaria e industrial y de los derechos sociales en cuanto a la vivienda.