DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 73. (ADMINISTRACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL)

La administración de los procesos electorales del municipio lo realizara el Órgano Electoral Plurinacional. Para las consultas, los referendos y revocatorias de mandatos, el Gobierno Autónomo Municipal de Shinahota asignara el presupuesto necesario en el Plan Operativo Anual, el cual será transferido al Órgano Electoral Plurinacional.