DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Articulo 57. (PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LA CIUDADANÍA)

I. En el marco del ejercicio ciudadano de los derechos políticos en la democracia intercultural con equivalencia de condiciones entre mujeres y hombres, la ciudadanía del municipio puede organizarse con fines de participación política conforme a la Constitución y las Leyes, elegir y ser elegidas o elegidos en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato mediante sufragio universal, participar individual y colectivamente, en la formulación de políticas públicas y la iniciativa legislativa ciudadana, referendos y revocatorias de mandato en el municipio.

II. Toda ciudadana y ciudadano del municipio podrá acceder y ser parte del Gobierno Autónomo Municipal, velar por la adecuada composición, relacionamiento y ejercicio del poder político local, de manera directa o a través de sus organizaciones políticas y organizaciones sociales, según corresponda conforme a Ley.