Sentencia Rol 61 - 76
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 61 - 76

Fecha: 18-Ene-2021

0003311 TRES MIL TRESCIENTOS ONCE República, resolviéndose igualmente por voto de mayoría posibilitar que terceros interesados en la resolución del presente asunto jurídico constitucional, pudieran hacer observaciones o acompañar antecedentes escritos relacionados con la misma materia hasta el día 4 de enero de 2020

0003311 TRES MIL TRESCIENTOS ONCE República, resolviéndose igualmente por voto de mayoría posibilitar que terceros interesados en la resolución del presente asunto jurídico constitucional, pudieran hacer observaciones o acompañar antecedentes escritos relacionados con la misma materia hasta el día 4 de enero de 2020. Con fecha 4 de enero de 2020 el H. Diputado Gabriel Ascencio Mansilla ha efectuado presentación, rolante a fojas 24, en cuaderno separado formado según lo resuelto a fojas 3.282, relativa a consideraciones en torno a la glosa 4 del Programa 03, Mejoramiento de la Calidad de la Educación, Capítulo 01 Subsecretaría de Educación, de la Partida 09 Ministerio de Educación., denominada en el libelo como “Glosa Impugnada sobre Bono de Inclusión Curricular Chiloé”, en el que expone, en síntesis que aquella no significa gasto de nuevos recursos ni determina nuevas funciones para las autoridades a cargo de determinar las bases curriculares del país. Asimismo, a fojas 134 del cuaderno separado formado, figura presentación de la Confederación General de Trabajadores Públicos y Privados, la Federación Nacional de Manipuladoras PAE y PAP, del Sindicato Interempresa “Violeta Parra”, y del Sindicato Interempresa de Manipuladoras de Alimentos. A fojas 3.299, el día 4 de enero de 2021, se trajeron los autos en relación, teniendo lugar la vista de la causa en Sesión de Pleno de 5 de enero de 2021, conforme fue certificado por el relator de la causa. II. NORMAS IMPUGNADAS Los requirentes solicitan que el Tribunal Constitucional declare inconstitucionales las siguientes normas: 1. “Párrafo final de la glosa 02, común para todos los programas 02 de los Gobiernos Regionales y para el programa 03 del Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena, Capítulos 61-76 Gobiernos Regionales, de la Partida 05 Ministerio del Interior y Seguridad Pública (en adelante, “Glosa Impugnada de Reducción del FNDR”). “Para el ejercicio de la facultad de efectuar reducciones presupuestarias de los Fondos Nacionales de Desarrollo Regional de los Gobiernos Regionales de cualquier región del país, conforme a las normas sobre administración financiera del Estado, se deberá contar, de forma previa, con el acuerdo de al menos los dos tercios del Consejo Regional del Gobierno Regional respectivo, obtenidos en sesión extraordinaria citada especialmente para tal efecto.”. 3