Sentencia Rol 61 - 76
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 61 - 76

Fecha: 18-Ene-2021

0003396 TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS AUMENTO DE GASTO PÚBLICO E INICIATIVA EXCLUSIVA 32°

0003396 TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS AUMENTO DE GASTO PÚBLICO E INICIATIVA EXCLUSIVA 32°. Es del caso señalar que conociendo de una impugnación de normas de proyecto de ley por una alegada invasión de iniciativa exclusiva, en la medida que por una indicación de aumento del quantum de sanciones se generaría un aumento de la población adolescente bajo sistema de reclusión y, por ende, del gasto de infraestructura y de personal ligados a la administración de los recintos de reclusión, constituyendo un eventual efecto colateral de la moción parlamentaria que se planteó incidía en la política carcelaria del país y por ende un mayor gasto, se razonó por este Tribunal que tal situación “no puede, sin embargo, afectar su constitucionalidad. Si se llegase a una conclusión contraria significaría que ningún parlamentario podría iniciar proyectos de ley que aumentaran la penalidad de delitos o, incluso, crear nuevos tipos penales que importen privación de libertad, considerando el aumento consiguiente del gasto que ello puede implicar” (Sentencia Rol N° 786, cons. 13). 33°. Este estándar, creado a propósito de gasto penitenciario, se predica respecto de todo gasto público indirecto o colateral, que sea eventual y que no sea determinable con certeza y especificidad, al punto que, comentando dicha sentencia, un destacado autor señaló que “entrega un nuevo antecedente importante de considerar, que podría plantearse del siguiente modo: los parlamentarios tienen atribuciones para presentar indicaciones o mociones que puedan, eventualmente, generar gasto, sólo si ello es un efecto colateral de la moción o indicación parlamentaria. Constituirían un efecto colateral aquellas consecuencias indirectas, que no están destinadas a aumentar el gasto público, pero que eventualmente podrían afectarlo por su aplicación” (Sebastián Soto Velasco: Iniciativa exclusiva e ideas matrices: los aportes del Tribunal Constitucional, HEMICICLO Revista de Estudios Parlamentarios, Academia Parlamentaria de la Cámara de Diputados, N°1, segundo semestre de 2009, p. 53), razonamiento que es plenamente pertinente en gran parte de las impugnaciones planteadas en este caso, en caso de haber algún aumento indirecto de gasto y en función de tal estándar, este sentenciador estuvo por declarar solamente dos inconstitucionalidades. REDUCCIÓN POR EL EJECUTIVO DEL PRESUPUESTO DE GOBIERNOS REGIONALES. 34°. En uno de los diversos capítulos del requerimiento, se impugnan normas introducidas por vía de indicación para requerir acuerdo por 2/3 de los miembros del Consejo Regional para los casos que el poder ejecutivo ejerza la potestad presidencial establecida en el decreto ley 1.263 en orden a reducir partidas de presupuesto, en tal caso respecto del presupuesto de gobiernos regionales. 88