Sentencia Rol 61 - 76
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 61 - 76

Fecha: 18-Ene-2021

0003370 TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Como fruto de la deliberación se establecen mecanismos de negociación y transacción en los llamados Protocolos de Acuerdos y en las glosas; 31°

0003370 TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Como fruto de la deliberación se establecen mecanismos de negociación y transacción en los llamados Protocolos de Acuerdos y en las glosas; 31°. Que en opinión del profesor Alejandro Silva Bascuñán “las glosas se han ido imponiendo en la tramitación presupuestaria sin haber sido objeto de precisión jurídica, en donde pareciera que su contenido y significado mira más bien al ámbito y forma de ejecución específica y concreta del gasto” (citado por Benjamín Alemparte Prado, Una perspectiva constitucional del presupuesto del sector público en Chile, Memoria de Prueba, Universidad de Chile, Santiago, 2016, pp. 95-96 ). En igual sentido en un documento del Instituto Libertad y Desarrollo ( LyD ) disponible en la web, se señala que las glosas son relevantes porque acotan o precisan un gasto. “Mucha de las discusiones y acuerdos parlamentarios durante el Presupuesto quedan plasmados en las glosas, que tienen el mismo carácter de una ley. Es uno de los puntos que pueden ser objeto de indicaciones por parte de los parlamentarios. Por ejemplo, una glosa puede establecer el máximo de funcionarios contratados para una determinada función que tiene asignado un gasto.” Véase: 10 Preguntas para entender la Ley de Presupuesto en: http://lyd.org/wp- content/uploads/2011/02/10-preguntas-presupuesto.pdf (consultado el 15 de febrero de 2015) (Alemparte, Benjamín, op.cit., p.95); 32°. Naturaleza de las glosas. Las glosas constituyen precisiones necesarias para determinar la forma y modo en que los recursos consultados en la Ley de Presupuestos deberán efectuarse y, por tanto, no pueden considerarse ajenas a la ley misma, formando parte de ella, ni a las ideas matrices del propio proyecto de ley (STC 2935/2015, c.20°). Como partes integrantes de la Ley de Presupuestos, las glosas no han estado exentas del procedimiento de formación de la ley y, en consecuencia, de la deliberación en ambas cámaras (STC 2935/2015, c. 27°); VII.- GLOSAS ESPECÍFICAS IMPUGNADAS. A.- POR ACOGER. 1. Reducción de los Fondos Nacionales de Desarrollo Regional. Párrafo final de la glosa 02, común para todos los programas 02 de los Gobiernos Regionales y para el programa 03 del Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena, Capítulos 61-76 Gobiernos Regionales, de la Partida 05 Ministerio del Interior y Seguridad Pública. 33°. Incumplimiento de quórum orgánico constitucional. La glosa impugnada otorga una nueva atribución a los consejos regionales, pues ella no se encuentra prevista en el artículo 36 de la de la LOC Gobierno Regional y Administración. Tal atribución no fue calificada ni aprobada con el quórum de los 4/7 de los diputados y 62