Sentencia Rol 61 - 76
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 61 - 76

Fecha: 18-Ene-2021

0003347 TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE SEPTUAGESIMOTERCERO: Que, en este caso, conviene considerar un antecedente adicional que, a nuestro juicio, abona la declaración de inconstitucionalidad, consistente en que Glosas análogas a la que se ha incorporado en el proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público 2021 fueron parte también de las leyes correspondientes, por ejemplo, a los años 2018, 2019 y 2020, habiéndose fijado un monto mensual de $ 100

0003347 TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE SEPTUAGESIMOTERCERO: Que, en este caso, conviene considerar un antecedente adicional que, a nuestro juicio, abona la declaración de inconstitucionalidad, consistente en que Glosas análogas a la que se ha incorporado en el proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público 2021 fueron parte también de las leyes correspondientes, por ejemplo, a los años 2018, 2019 y 2020, habiéndose fijado un monto mensual de $ 100.000 sólo en el primero de aquellos cuerpos legales y sin que, en ninguna de ellas, se dispusiera de los saldos correspondientes a licitaciones de años anteriores; SEPTUAGESIMOCUARTO: Que, según consta en la historia fidedigna del proyecto para el año 2018, la Glosa sobre el bono de $ 100.000 fue incorporada mediante una indicación del Presidente de la República (Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, sesión 88ª, celebrada el miércoles 22 de noviembre de 2017, Boletín N° 11.452-05), habiéndose declarado inadmisible una indicación del diputado Manuel Monsalve “(…) por tratarse de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de conformidad con el artículo 65, inciso tercero, de la Constitución Política de la República, porque determina la forma de ejecutar los recursos”, según consta en la misma sesión parlamentaria; SEPTUAGESIMOQUINTO: Que, siendo así, la indicación objetada incurre en la administración financiera o presupuestaria del Estado, disponiendo el monto que cabe asignar a cada beneficiaria del monto contemplado, para este efecto, en la ley y, más aún, incluyendo en la preceptiva legal los saldos de licitaciones de años anteriores, afectándose, al mismo tiempo, lo señalado en el numeral 4° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución, en cuanto, a raíz de ello, se alteran las bases que sirven para determinar las remuneraciones de los trabajadores, ingresando, inconstitucionalmente, en la atribución privativa del Presidente de la República para proponer el destino de esos recursos; F. Plazo fatal para proveer vacantes SEPTUAGESIMOSEXTO: Que, en sexto lugar, hemos debido examinar la Glosa 03, asociada al Subtítulo 21 Gastos en Personal de la Partida 10 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que obliga a reponer los cargos vacantes o reemplazos por licencias médicas en Gendarmería de Chile, el Servicio Médico Legal y el Servicio Nacional de Menores en un plazo no mayor a 30 días hábiles; SEPTUAGESIMOSEPTIMO: Que, esta nueva Glosa, surgida también de una indicación parlamentaria, fija un plazo fatal y brevísimo para ejercer una facultad que hoy no lo contempla en la legislación vigente en la materia, conforme al artículo 8° del Estatuto Administrativo, contenido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 29, de 2005, 39