DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

[33]

En el presente caso, las disposiciones cuestionadas confunden ambas figuras, así, en el art. 32 del proyecto, bajo el epígrafe “Incompatibilidades” se desarrolla –erróneamente– la prohibición contemplada en el art. 236.I de la CPE y, en el art. 33 del proyecto, si bien la denominación “Prohibiciones” es acorde con el objeto del contenido regulatorio, éste distorsiona las prohibiciones establecidas en el art. 236.II y III de la CPE; por tanto, existe una afectación directa a los arts. 236, 239 y 297.II de la CPE[33], extremo que sin lugar a dudas generara inseguridad jurídica en la aplicación normativa de la carta orgánica.