DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

[69]

La disposición citada y denominada “Familia”, incurre en el mismo error de otras disposiciones del proyecto que pretendieron “reconocer” derechos constitucionales o efectuar reconocimientos de disposiciones constitucionales; en el presente caso, se hace un reconocimiento de la condición fundamental de la familia en la sociedad boliviana, efectuada ya en el art. 62 de la CPE[69]; identificado ese nexo de conexión con otras normas del proyecto, corresponde aplicar los fundamentos desarrollados en el análisis de incompatibilidad del art. 21 del proyecto y declarar la incompatibilidad constitucional de la frase: “…reconoce a la familia como el núcleo fundamental de la sociedad y…”, inserta en el texto del art. 118 del proyecto.

[69] Artículo 62. El Estado reconoce y protege a las familias como el núcleo fundamental de la sociedad, y garantizará las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos sus integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades. (Constitución Política del Estado)