DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

[67]

La disposición referida, tipifica como delito de incumplimiento de deberes cualquier negativa injustificada, retardación, entrega de documentación o información incompleta, desactualizada o irrelevante, mala atención o respuesta fuera de plazo, emergentes de una solicitud de petición de información; extremo que afecta el ejercicio de la competencia privativa prevista en el art. 298.I.21 de la CPE[67]; ya que conforme se estableció en el análisis del art. 33.II del proyecto, las competencias se ejercen en función al reparto competencial establecido de manera primaria en la Constitución Política del Estado y en el presente caso, la codificación sustantiva en materia penal le corresponde al nivel central del Estado en forma privativa, por tanto la carta no puede establecer tipos penales o penalizar conductas.