DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 38. (PROCEDIMIENTO PARA CONCEJALAS Y CONCEJALES)

Los candidatos a concejalas y concejales podrán ser propuestos por sus organizaciones de acuerdo a sus normas y procedimientos propios para ser propuestos en los diferentes partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y otros, en el marco del respeto de los principios democráticos constitucionales y elegidos mediante sufragio universal.

Los candidatos a concejalas y concejales podrán ser propuestos por sus organizaciones de acuerdo a sus normas y procedimientos propios para ser propuestos en los diferentes partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y otros, en el marco del respeto de los principios democráticos constitucionales y elegidos mediante sufragio universal”.