DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Con esta misión el desarrollo y ejecución de las competencias del nivel central conjuntamente con las entidades territoriales autónomas deben ingresar en comunión con el diseño constitucional elaborado para la educación, la que constituye una prioridad política, con una visión democrática y participativa en la decisión y gestión de políticas educativas públicas en el marco de la unidad.

Con esta misión el desarrollo y ejecución de las competencias del nivel central conjuntamente con las entidades territoriales autónomas deben ingresar en comunión con el diseño constitucional elaborado para la educación, la que constituye una prioridad política, con una visión democrática y participativa en la decisión y gestión de políticas educativas públicas en el marco de la unidad. De tal forma que la educación en su dimensión de derecho debe suponer el acceso de todos los bolivianos y bolivianas a ella, bajo las directrices del diseño constitucional, vale decir, una educación descolonizadora, que fortalezca la conciencia plurinacional en la unidad, de reencuentro con las culturas para el desarrollo integral, intracultural, intercultural y plurilingüe, democrática y participativa, productiva y territorial, como se ha explicitado en el Fundamento Jurídico III.3.1” (las negrillas corresponden al texto original).

En ese orden de ideas, cabe señalar que la Ley de Educación “Avelino Siñani-Elizardo Pérez”, responde a esa alineación competencial, descrita precedentemente y complementa el diseño constitucional y establece las líneas rectoras para la estructuración del sistema educativo plurinacional y la distribución de competencias y atribuciones entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas, quienes ejercitaran en forma simultanea su facultad reglamentaria y ejecutiva en función justamente a la distribución efectuada por dicha ley.