DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

[49]

En el análisis del art. 40 del proyecto, se determinó que los requisitos para autoridades electas, establecidos en la carta orgánica deben ser acordes a los previstos en la Norma Suprema. En el presente caso no ocurre ello; toda vez que, se advierte algunas particularidades, como ser, distorsiones referidas a la edad, el pliego de cargo o sentencia condenatoria ejecutoriada, los cuales no guardan coherencia con el art. 234 de la CPE[49]; en consecuencia, en tanto los requisitos observados, no se encuentren acordes a la Ley Fundamental, conlleva una invasión a la competencia exclusiva del nivel central del Estado; por lo cual, corresponde declarar la incompatibilidad constitucional de la frase: “el día de la elección” en el segundo requisito y la integridad del requisito cuarto que señala “No tener pliego de cargo o sentencia condenatoria ejecutoriada”, contemplados en el art. 61 del proyecto de la norma institucional básica.