DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Control previo de constitucionalidad del parágrafo IV del artículo 36

El art. 36 del proyecto establece de manera genérica regulación sobre el mecanismo de Revocatoria de mandato, aplicable tanto a las y los concejales como a la Alcaldesa o Alcalde municipal; sin embargo; en el parágrafo IV es necesario hacer la puntualización; dicha regulación se aplicara tal cual en el caso de las y los Concejales pero en el caso de la Alcaldesa o Alcalde municipal se aplicara conforme al art. 286.II de la CPE, debido a que dicha autoridad no tiene un suplente y su sustitución es regulada por dicha normativa, incluso en caso de revocatoria.