DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 86. (DE LOS NIVELES Y UNIDADES ORGANIZACIONALES

Artículo 86. (DE LOS NIVELES Y UNIDADES ORGANIZACIONALES) Todos los niveles y unidades organizacionales contarán con servidoras y servidores de carrera de acuerdo a Ley Municipal Especial que considerará la cuantificación de la demanda, requerimiento, principios, sistema de reclutamiento, requisitos, formación y capacitación, retribución, promoción, obligaciones, responsabilidades, prohibiciones y retiro, entre otros temas que desarrollan la carrera administrativa municipal, que se opera bajo un sistema de administración de personal a cargo de un Servicio Civil Municipal, cuyos procesos y responsabilidades considerarán la participación ciudadana y el control social.(Consejo de Autoridades Originarias)

Artículo 86. (DE LOS NIVELES Y UNIDADES ORGANIZACIONALES) Todos los niveles y unidades organizacionales contarán con servidoras y servidores de carrera de acuerdo a Ley Municipal Especial que considerará la cuantificación de la demanda, requerimiento, principios, sistema de reclutamiento, requisitos, formación y capacitación, retribución, promoción, obligaciones, responsabilidades, prohibiciones y retiro, entre otros temas que desarrollan la carrera administrativa municipal, que se opera bajo un sistema de administración de personal a cargo de un Servicio Civil Municipal, cuyos procesos y responsabilidades considerarán la participación ciudadana y el control social. (Consejo de Autoridades Originarias)”.