DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2016

Fecha: 15-Nov-2016

declarar la incompatibilidad constitucional de los numerales 6 y 10 del art. 154.I del proyecto

Las disposiciones descritas, establecen el ejercicio de la competencia prevista en el art. 302.I.7 de la CPE, que establece como una competencia exclusiva del nivel municipal “Planificar, diseñar, construir, conservar y administrar caminos vecinales en coordinación con las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, cuando corresponda”; ahora bien, como se señaló en el análisis del art. 143 del proyecto las NPIOC tienen una serie de derechos consagrados en la Norma Suprema y el ejercicio de muchas competencias de los gobiernos sub nacionales, se encuentra supeditada a una imperiosa coordinación con las NPIOC, más cuando exista la posibilidad de una afectación a sus territorios, ecosistemas y medio ambiente, justamente para precautelar la vigencia de sus derechos, tal cual ocurre con la competencia descrita en el art. 302.I.7 de la CPE; consiguientemente, a efectos de precautelar los derechos de las NPIOC, corresponde declarar la incompatibilidad constitucional de los numerales 6 y 10 del art. 154.I del proyecto de la norma institucional básica.