DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018

Fecha: 12-Dic-2018

1)

También corresponde añadir que el art. 410.II de la CPE, asume la teoría del bloque de constitucionalidad y consagra el principio de supremacía constitucional, señalando que: “…El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país…”; así, “En una interpretación a la luz del principio de ‘unidad constitucional’, considerando que tal como ya se dijo, la Constitución Política del Estado se caracteriza por ser axiomática y dogmático-garantista, para que se materialice el fenómeno de constitucionalización e irradiación del orden constitucional en todos los actos públicos y privados de la vida social, debe señalarse con precisión que el bloque de constitucionalidad que plasmará el orden constitucional imperante y que se encontrará amparado por el principio de supremacía constitucional, estará compuesto por los siguientes compartimentos: 1) La Constitución Política del Estado como texto positivizado; 2) Los Tratados Internacionales referentes a Derechos Humanos; 3) Las normas de derecho comunitarias; y, 4) Los principios y valores supremos. Compartimentos que deberán irradiar de contenido a todos los actos tanto públicos como privados de la vida social” (SCP 0085/2012 de 16 de abril).

  La INCOMPATIBILIDAD de los siguientes artículos: 1 en su frase: “…y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ‘Andrés Ibáñez’ Ley 031 de 19 de julio de 2010…”; 2 en el término “Autónomo”; 3 en el término “Autónomo” de su párrafo introductorio; 6; 7 en el término “Autónomo”; 8 en su término “Autónomo” y la frase “Son idiomas oficiales del Municipio Autónomo de Aucapata: el quechua, el aymara y el castellano”; 9 en el término “autónomo” de su párrafo introductorio, y numeral 6 en su frase “…para los cargos de autoridades, cada distrito determinara según usos y costumbres la elección y el tiempo de duración de los cargos”; 10 en el término “Autónomo”; 11 en el término “Autónomo”; 16 en el término “Autónomo” de su párrafo introductorio; 18 en el término “Autónomo” de su párrafo introductorio, y la frase “…mediante aplicación de usos y costumbres…” contenida en su párrafo final; 19 en el término “Autónomo” de su párrafo introductorio, y la frase “…y el deber…” contenida en su segundo párrafo; 20 en el término “Autónomo” de su párrafo introductorio; 21 en el término “Autónomo” de su párrafo introductorio; 22 en el término “autónomo” de su párrafo introductorio, y numeral 5 en su frase “…En el área rural, los conflictos se resolverán de acuerdo a los usos y costumbres, velando siempre por el respeto de los derechos de los adultos mayores”; 24.2; 25.7 en su frase “…de la provincia Sebastián Pagador…” y numeral 8 en el término “autónomo”; 26 en el término “autónomo” de su párrafo introductorio; 27 en el término “autónomo” de su párrafo introductorio; 29 en el término “autónomo” de su párrafo introductorio; 33 en el término “autónomo” de su párrafo introductorio; 39.II; 40 en la frase “…en pleno es la máxima autoridad…” contenida en su párrafo introductorio, así como los numerales 6 en la frase “…y rural…”, 10 en el término “Autónomo”, 12, 18 en su término “…étnicas…”, 20 y 22; 42.II.7; 46 en su frase “…y/o Ordenanzas…”; 48 numerales 1 en su frase “…las organizaciones sociales de base y…”, y 5 en el término “Autónomo”; 52 en el término “Autónomo”; 53.3; 57 en el término “Autónomo”; 61 en su frase “…ya constituidas…”; 62; 63.III; 64.1 y 3 en sus términos “Autónomo”; 67.I en la frase “siempre y cuando éstas no pueden ser prestadas mediante administración privada”; denominativo del Capítulo I en su término “…EXCLUSIVAS…” y del Título VII en su término “…EXCLUSIVAS…”; 73; 75.II en su frase “y autorizará y apoyará la instalación de antenas, redes y radios comunitarias para la intercomunicación dinámica, siempre y cuando estas cumplan su función social, mediante una reglamentación especial”; 79 en la frase “…además deberá establecer las condiciones y limitaciones de todos los usos…” de su párrafo introductorio, parágrafo I en su frase “…para la dotación de agua potable en los centros poblados que hayan definido su área urbana de acuerdo a la normativa vigente”, y numeral 3 de su parágrafo II; 80; 84.II; 89.2; 91; 93; 94; 97; 98; 99; 101; 102.I.1 en su frase “…A la propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales, a los Vehículos, a la Transferencia de Inmuebles, a la Transferencia de