DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Sobre el art. 80

Sobre el art. 80 del proyecto de COM se tiene que este hace referencia a las áreas de explotación de áridos y agregados, estableciendo que, los mecanismos de control sobre estos, serán definidos con la sociedad civil organizada para su aprovechamiento, asimismo determina que se establecerán mecanismos de consenso con el control social a objeto de establecer el modo y la forma de gestión y administración de áridos y agregados; sin embargo, en el marco de lo establecido en el art. 30.II numerales 4, 7 y 16 de la CPE, y conforme establece el mandato establecido por el art. 302.I.41 de la Norma Suprema, la Carta Orgánica debía prever el ejercicio de la indicada competencia exclusiva en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando así corresponda, aspecto que no se encuentra contemplado en ningún precepto del proyecto de norma institucional básica de Aucapata.