DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018

Fecha: 12-Dic-2018

en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones

El art. 272 de la CPE, establece que: “La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones”.

Conforme dispone el art. 272 de la CPE, el ejercicio de la autonomía por parte de los gobiernos municipales debe enmarcarse en el ámbito de su jurisdicción municipal, por lo que en principio las referidas ETA no pueden extender el ejercicio de sus atribuciones fuera de dicho ámbito, no pudiendo establecer mandatos sobre otros niveles de gobierno, debiendo en todo caso sujetarse al principio de coordinación y lealtad institucional.