DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018

Fecha: 12-Dic-2018

las competencias establecidas en la Constitución Política del Estado pueden ser ejercidas gradualmente; empero, no así su asunción, por cuanto ésta última opera de una sola vez de forma obligatoria

En ese sentido, las competencias establecidas en la Constitución Política del Estado pueden ser ejercidas gradualmente; empero, no así su asunción, por cuanto ésta última opera de una sola vez de forma obligatoria, por lo que los gobiernos municipales no pueden asumir competencias de forma paulatina, debido a que las mismas ya se encuentran asignadas a estos de forma obligatoria por la Norma Suprema, por lo cual no corresponde que dichos gobiernos autónomos establezcan la aceptación de competencias mediante su normativa; empero, debido a que cuentan con competencias asignadas, concierne a estos el ejercicio de las mismas.