DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Artículo 141.- Procedimiento de reforma total o parcial de la Carta Orgánica.-

Una vez surgida la iniciativa, cuando se trate de una reforma total de la Carta Orgánica o que afecte a sus bases fundamentales o a los derechos, deberes y garantías, se convocará a Asamblea Estatuyente para que elabore y remita proyecto de reforma total al Concejo Municipal. El Concejo Municipal deberá aprobar el proyecto por 2/3 de votos de sus miembros y remitirlo a control de constitucionalidad. Una vez comprobada su constitucionalidad, el Proyecto de Reforma Total de la Carta Orgánica será sometido a referéndum aprobatorio por toda la población.